Iniciativa Nº 8.435: El derecho a acceder al silencio
La contaminación acústica se apodera tanto del ámbito público como del ámbito privado sin mayores obstáculos, impidiendo el acceso al silencio.
Esta propuesta cuenta con
27 Apoyos de la Ciudadanía
Ya no se aceptan más apoyos
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.20, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a vivir en un medio ambiente sano, sostenible y libre de contaminación, que permita la existencia y el desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones.
a) Es deber del Estado velar porque este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza y su biodiversidad.
b) De acuerdo a la ley, se podrán establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente.
Argumentos que respaldan la propuesta
Hoy en día el término vivir en un ambiente libre de contaminación se limita básicamente a normas ambientales como material particulado en el caso de la calidad del aire o de metales en el caso de las aguas, sin embargo la contaminación acústica suele ser poco contemplada, salvo contadas excepciones impuestas por las Municipalidades o por Carabineros ante ruidos molestos,. Cada vez es más frecuente y permanente la contaminación acústica que va desde las prácticas habituales como el volumen de la música a todo dar, la acelerada de motos y vehículos, etc. y dónde queda el derecho al silencio o a no tener que escuchar lo que no quiero?. Al describir los tipos de contaminación a los cuales estamos expuestos se obliga a las instituciones tener que normar al respecto para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
Esta es una propuesta de
Ximena Muñoz M.