Iniciativa Nº 8.859: Defensoría Penal Pública con autonomía constitucional

Se propone incorporar a la propuesta de nueva Constitución un artículo referido a la Defensoría Penal Pública en el cual se consagre su autonomía.

Esta propuesta cuenta con

116 Apoyos de la Ciudadanía

Caracterización

Ya no se aceptan más apoyos

Tipo de propuesta

Agregar artículo a Capítulo IX: Ministerio Público

Propuesta de nuevo artículo

Argumentos que respaldan la propuesta

La norma propuesta consiste en incorporar al proyecto de nueva Constitución un artículo referido a la Defensoría Penal Pública en el cual se consagre su autonomía. La definición propuesta toma elementos de los dos primeros artículos de la ley 19.718 que crea la Defensoría Penal Pública y de las reformas contenidas en el proyecto de ley boletín 14.753-07.

La Defensoría Penal Pública merece consagración constitucional en cuanto es un órgano indispensable para que en el ámbito penal se puedan ejercer los derechos fundamentales al acceso a la justicia, al debido proceso y a las garantías penales mínimas establecidas en el mismo texto del Anteproyecto (artículo 16 números 6,7 y 8). A mayor abundamiento, cuando el Anteproyecto establece la garantía mínima de que “En el proceso penal es irrenunciable la asistencia de un abogado defensor proporcionado por el Estado si no nombrare uno en la oportunidad establecida por la ley.” , ya está haciendo una alusión directa a la importancia de los servicios prestados por la Defensoría Penal Pública.

En segundo lugar, el Anteproyecto ya consagra dos instituciones que van a ser intervinientes del proceso penal: el Ministerio Público (artículo 171) y el Servicio de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas (artículo 184), que presumiblemente va a cumplir el rol de querellante. En un ordenamiento jurídico en el cual dos intervinientes que asumen un rol acusador van a tener consagración constitucional, resulta de toda lógica que su contraparte que asume el rol de la defensa también lo tenga.

Por último, la iniciativa propuesta presenta una diferencia con la normativa vigente, en cuanto le otorga autonomía a la Defensoría Penal Pública, lo que fue originalmente propuesto en el proyecto de ley boletín 14.753-07, el cual no ha avanzado en su tramitación legislativa. En dicho sentido, hacemos nuestros los argumentos presentados en el mensaje presidencial de dicho proyecto, que señalan la importancia de la autonomía e independencia de la Defensoría Penal Pública para garantizar a las personas el adecuado ejercicio de su derecho a la defensa técnica. Asimismo, organismos internacionales como la ONU, la OEA y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han reafirmado los aspectos positivos de avanzar hacia una mayor autonomía de los servicios de defensa pública.

Esta es una propuesta de

Ignacio Ulloa C.