Iniciativa Nº 9.219: FORMACION PROFESIONAL EN OFICIOS OBLIGATORIA PARA TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES.
La formación profesional en el oficio pretende preparar al alumno(a) en el trabajo, esto es, las habilidades manuales necesaria para ejecutarlos.
Esta propuesta cuenta con
14 Apoyos de la Ciudadanía
Ya no se aceptan más apoyos
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 16.22, Capítulo II: Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la educación.
a) La educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida, en el contexto de una sociedad democrática.
b) La educación se rige por los principios de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad, adaptabilidad, no discriminación y los demás que disponga la ley. El Estado tiene el deber ineludible de fortalecer la educación en todos sus niveles y fomentar su mejoramiento continuo, ejerciendo labores de promoción, regulación y supervigilancia. Los establecimientos educacionales creados o reconocidos por el Estado deberán cumplir estándares básicos y uniformes, de conformidad a la ley.
c) Es deber del Estado promover la educación parvularia, para lo que financiará y coordinará un sistema gratuito a partir del nivel medio menor, destinado a asegurar el acceso a este y a sus niveles superiores. El segundo nivel de transición es obligatorio, siendo requisito para el ingreso a la educación básica.
d) La educación básica y la educación media son obligatorias, debiendo el Estado financiar y coordinar un sistema gratuito con tal objeto, destinado a asegurar el acceso a ellas de toda la población. En el caso de la educación media la obligatoriedad se extenderá hasta cumplir los veintiún años de edad.
e) La asignación de los recursos públicos deberá seguir criterios de razonabilidad.
f) El Estado deberá crear, sostener y coordinar una red nacional de establecimientos educacionales pluralista en todos los niveles de enseñanza.
g) Es deber de la comunidad contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación. Asimismo, corresponderá al Estado asegurar la calidad de la educación en todos sus niveles y fomentar la formación cívica, estimular la investigación científica y tecnológica, la creación artística y la protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación.
h) Los profesores son parte esencial del esfuerzo educativo de la Nación. Es deber del Estado y de toda comunidad educativa promover el desarrollo profesional y respeto de los docentes.
Argumentos que respaldan la propuesta
Hoy en día a los hijos que provienen de familias vulnerables, la enseñanza básica y media no les ofrece oportunidades para ganarse la vida, por lo que la deserción escolar ya no solo se da en la enseñanza media, sino también básica. No teniendo mas horizonte que la droga, la prostitución y la delincuencia. Al estar orientada la educación escolar al ingreso a las universidades, si lo logran con gran esfuerzo, una vez que reciben su titulo profesional, se les exige además entre 2 y 4 años de experiencia en lo que dice relación al trabajo al cual postulan. Los Nini en las poblaciones son los jóvenes que ni estudian ni trabajan. El Colegio tal como se encuentra concebido hoy, no da soluciones de justicia y acceso al trabajo y al salario justo, mas por el contrario se aumenta la brecha entre ricos y pobres.
Nuestro sistema educacional carece de una formación sistematizada e institucional para el trabajo manual, es decir, para una formación de profesional en el oficio.
Esta es una propuesta de
FUNDACION CRISTO VIVE Los objetivos serian los siguientes: 1) Valoración del trabajo manual, incorporando en la educación la formación profesional en el oficio.
FUNDACION CRISTO VIVE Valoración del trabajo manual, capacitar a los jóvenes para el trabajo
Representada por
María Valenzuela S.