Iniciativa Nº 9.459: Contraloría ejerza su rol de contralor y sancionador administrativo
Actualmente ante una denuncia le está consultando a la misma entidad que el denunciante reclamó y da esa respuesta
Esta propuesta cuenta con
15 Apoyos de la Ciudadanía
Ya no se aceptan más apoyos
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 188, Capítulo XI: Contraloría General de la República
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. Un organismo autónomo, denominado Contraloría General de la República, ejercerá el control de la constitucionalidad y legalidad de los actos de la Administración del Estado y de la Administración regional y local, así como de la probidad en el ejercicio de la función administrativa.
2. La Contraloría General de la República tiene por funciones:
a) Controlar la constitucionalidad y la legalidad de los actos de la Administración, pudiendo tomar razón de los decretos y resoluciones.
b) Fiscalizar y auditar la legalidad del ingreso, el gasto y la inversión de los fondos del Fisco y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes.
c) Informar la gestión financiera y emitir la normativa contable de la Administración.
d) Examinar y efectuar reparos a las cuentas, de acuerdo con la ley.
3. La Contraloría General de la República ejercerá sus atribuciones en cada una de las regiones del país, de acuerdo a lo establecido en la ley institucional. Las contralorías regionales tienen por función principal el control de la administración regional y local del Estado.
4. Los actos de la Contraloría General de la República se regirán por los principios de probidad, de transparencia y publicidad, y el deber de rendición de cuentas, en conformidad con el artículo 11 de esta Constitución.
5. Una ley institucional regulará su organización, funcionamiento y otras competencias, de conformidad con lo dispuesto en este capítulo.
Argumentos que respaldan la propuesta
Actualmente se están enviando reclamos o denuncias contra instituciones de las administración pública, y la Contraloría está respondiendo que "se consultó a la entidad denunciada o reclamada y dijo tal cosa..."Es decir, solo se está limitando a hacer lo mismo que el denunciante o reclamante ya realizó, sin su opinión técnica administrativa ni disponiendo regularización de procedimientos o sanciones administrativas.
Le realizó cursos a ciudadanos y los acreditó como contralores ciudadanos, pero éstos solo participan en reuniones y foros, pudiendo aprovechar su voluntad de cooperar.
Esta es una propuesta de
ninguna
Representada por
Alberto B. Alister