Iniciativa Nº 9.523: Escaños Reservados Indígenas
Los escaños indígenas son una vía concreta hacia la mejor convivencia, buscando juntos soluciones políticas a las grandes desigualdades que afectan.
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 53, Capítulo IV: Congreso Nacional
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. El Congreso Nacional se compone de dos ramas: la Cámara de Diputadas y Diputados y el Senado. Ambas concurren a la formación de las leyes en conformidad a esta Constitución y tienen las demás atribuciones que ella establece.
2. La ley podrá establecer mecanismos para promover la participación política de los pueblos indígenas en el Congreso Nacional.
Argumentos que respaldan la propuesta
El reconocimiento constitucional de los Pueblos y Naciones Indígenas y sus derechos colectivos, es la base para la construcción de un Estado moderno, donde en virtud del ejercicio de la Libredeterminación, dichos Pueblos y Naciones determinan libremente, su condición política y persiguen su desarrollo económico, social y cultural.
Este derecho implica, además, el ejercicio de la participación, que puede verse materializado en: A) autonomías y autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, y B) en el derecho de participar plenamente, si así lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado.
Según el último Censo de Población del año 2017, un 12,8% de la población (2.185.792 personas), se considera perteneciente a algún pueblo indígena, siendo el pueblo mapuche el más numeroso con 1.745.147 habitantes (79,8 %), le siguen el pueblo Aymara con 156.754 (7,2 %), Rapa Nui con 9.399 (0,4%), Lican Antay con 30.369 (1,4%), Quechua con 33.868 (1,5%), Colla con 20.744 (0,9%), Diaguita con 88.474 (4,1%), Kawésqar con 3.448 (0,1 %) y Yagán con 1.600 habitantes (0,1 %).
Los pueblos indígenas constituyen comunidades políticas activas, por lo que no puede seguir siendo vedada y postergada la posibilidad de tales pueblos y sus miembros, de ejercer el derecho de participación en todas sus dimensiones, siendo necesario un acceso equitativo a la participación política, que implica asegurar la participación proporcional de todos los pueblos en relación a la proporcionalidad demográfica entre la población indígena y la población total.
La participación política efectiva garantizada en todas las capas del estado, es un camino concreto hacia una mejor convivencia, de paz duradera y consolidación de las vías institucionales. Toda vez que la población indígena se hace parte de la solución de problemas como la desigualdad social que se agrava en regiones, la seguridad en las comunas donde la violencia va en aumento, malas condiciones de salud y educación, tanto en poblaciones como en sectores rurales, donde el abandono del estado constituye un caldo de cultivo para el mal estar social y el conflicto multifactorial que tanto daño hace a nuestro ambiente nacional. En la medida que la institucionalidad pueda descentralizarse y sumar proporcionalmente a la población indígena a nivel comunal, regional y nacional; estaremos realizando un ejercicio metodológicamente recomendado a nivel internacional: buscar juntos las soluciones pertinentes en nivel comunal, regional y nacional.
El Reconocimiento Constitucional es una demanda histórica y de larga data de los Pueblos y Naciones Indígenas Preexistentes hacia el Estado de Chile. Dicho requerimiento ya aparecía expresado en el "Acuerdo de Nueva Imperial" del 1o de diciembre de 1989.
En el "Informe de la Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato" del año 2003 elaborado por la Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato, del entonces Presidente Ricardo Lagos Escobar,
Esta es una propuesta de
Comunidad indígena Huenchu Rupayan Aportar desde la organización política del estado a una nueva convivencia nacional gracias a la participación efectiva
Representada por
Jaime Antil M.