Iniciativa Nº 9.831: requisito de residencia de candidatos a diputados o senadores
Se extiende de dos a cinco años el requisito de residencia previa a la elección, exigiendo la dicha residencia sea efectiva y demostrable.
Esta propuesta cuenta con
45 Apoyos de la Ciudadanía
Ya no se aceptan más apoyos
Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 56, Capítulo IV: Congreso Nacional
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. Para ser elegido diputado o senador se requiere ser ciudadano con derecho a sufragio, haber cursado la enseñanza media o equivalente, alcanzar la edad del modo dispuesto en el inciso siguiente, y tener residencia en la región a que pertenezca el territorio electoral correspondiente durante un plazo no inferior a dos años, contado hacia atrás desde el día de la elección.
2. Las edades requeridas para ser elegido diputado o senador serán de veintiún o treinta y cinco años de edad, cumplidos el día de la elección, respectivamente.
Argumentos que respaldan la propuesta
La residencia de dos años, especialmente si puede ser ficticia, no es suficiente para asegurar un conocimiento y un compromiso con la circunscripción o distrito correspondiente.
Esta es una propuesta de
Bruce Cassels N.