Iniciativa Nº 9.863: LOS TRATADOS INTERNACIONALES PARA SER LIMITE DE LA SOBERANIA Y LA CONSTITUCION DEBEN SER RATIFICADOS POR EL PUEBLO
LOS TRATADOS INTERNACIONALES PARA SER LIMITE DE LA SOBERANIA DEBEN SER RATIFICADOS POR EL PUEBLO, NO BASTA SER RATIFICADO POR EL ESTADO O EL CONGRESO
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Tipo de propuesta
Modificación de Artículo Nº 5, Capítulo I: Fundamentos del orden constitucional
Propuesta de artículo
Artículo Anteproyecto
1. El ejercicio de la soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes.
2. Las normas de derecho interno deberán interpretarse de forma compatible con aquellos tratados, favoreciendo la protección más amplia de la persona.
3. La ley determinará la forma y el procedimiento en que el Estado cumplirá las sentencias dictadas por tribunales internacionales cuya jurisdicción ha reconocido.
Argumentos que respaldan la propuesta
La soberanía reside en el pueblo, por lo que en ningún caso una constitución aprobada por el pueblo, debe tener como límite los tratados internacionales que no sean ratificados por el mismo pueblo, pues aunque se sostenga que las autoridades electas, poseen facultades para legislar, esa actividad no es en ningún caso una expresión del ejercicio de la soberanía, si no corresponde solo una actividad funcionaria, que es representativa de quienes realmente detentan la soberanía, El Pueblo.
La elección de autoridades, no se traduce en una delegación de soberanía a esas autoridades si no sólo una actividad representativa.
Por eso se propone incorporar una frase que requiera que los tratados internacionales sean ratificados o aprobados por el pueblo, para tener condición de limitar las normas constitucionales y se elimine el punto 3 del art 5.
Esta es una propuesta de
Emilio Balmaceda J.