• Capítulo III

Representación política y participación

Se consagra el derecho de las personas a participar en los asuntos de interés público, regulando las votaciones populares, plebiscitos y referendos, el derecho de sufragio, el estatuto de los partidos políticos y los mecanismos de participación como iniciativa popular de ley y foros de deliberación ciudadana.

  • Artículo 43

Todo ciudadano puede pertenecer a un partido político, excepto personas reincidentes de delitos graves.

se basa en que las personas que han cometido delitos graves reincidentes no son personas de confianza para pertenecer a un partido politico.

Los ciudadanos son libres de asociarse a partidos políticos

Esta prohibido integrar a un ciudadano sin su consentimiento