- Capítulo I
Fundamentos del orden constitucional
Contiene principios y definiciones esenciales sobre la persona, la sociedad y el Estado. Se tratan temas como la dignidad humana, Estado Social de Derecho, familias, sociedad civil, reconocimiento de los pueblos indígenas, participación política de las mujeres, tratados internacionales sobre Derechos Humanos, entre otros.
- Artículo 9
Artículo 9
1. Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley.
2. Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes.
3. Todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidades y sanciones que la ley señale.
- Iniciativa Nº 6995
- Artículo Nº 9
- 19/06/2319 Jun 20232023-06-19
Revocación de mandato popular
Revocación de mandato popular