• Capítulo XIII

Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo

Se refiere al deber de protección del medio ambiente, la sostenibilidad y desarrollo, así como el cuidado de la naturaleza y su biodiversidad, considerando a las actuales y futuras generaciones. Se aborda la promoción de las fuentes de energía renovable, la implementación de medidas de mitigación y adaptación ante los efectos del cambio climático, entre otras materias.

  • Artículo 205

Derechos de la naturaleza

Protección del medio ambiente y la naturaleza como sujeto de derechos.

PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, SOSTENIBILIDAD Y DESARROLLO

El Estado también debe promover la reducción de la contaminación ambiental y el uso de productos químicos perjudiciales para la salud y el medio ambie

Del Reciclaje

El texto mencionado guarda relación sobre los puntos limpios que debería mantener cada comuna de forma permanente.

Educar es cuidar el medio ambiente

la educación oportuna sobre como reciclar marca una gran diferencia

El estado y la promoción del desarrollo sostenible,

Rol del estado en el desarrollo sostenible.

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El Estado promoverá la reducción de residuos y además del reciclaje, la opción de valorización (por ejemplo biogás a partir de residuos orgánicos).

Es distinto la valorización de residuos que el reciclaje, la valorización los pueden convertir en energía o como fertilizante en caso del compostaje.