- Capítulo XIII
Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo
Se refiere al deber de protección del medio ambiente, la sostenibilidad y desarrollo, así como el cuidado de la naturaleza y su biodiversidad, considerando a las actuales y futuras generaciones. Se aborda la promoción de las fuentes de energía renovable, la implementación de medidas de mitigación y adaptación ante los efectos del cambio climático, entre otras materias.
- Artículo 207
Artículo 207
1. El Estado contará con instituciones administrativas y jurisdiccionales en materia ambiental, las que serán de carácter técnico.
2. Los procedimientos de evaluación ambiental serán de carácter técnico y participativo, y asegurarán una decisión razonable y oportuna.
- Iniciativa Nº 8671
- Artículo Nº 207
- 20/06/2320 Jun 20232023-06-20
Protección a los recursos naturales , principalmente glaciares , agua , cerros , bosque esclerófilo y biodiversidad
Protección a todo recurso natural
- Iniciativa Nº 4179
- Artículo Nº 207
- 14/06/2314 Jun 20232023-06-14
El Estado garantizará a las comunidades una contraparte técnica sobre los estudios y declaraciones de impacto ambiental.
Las comunidades puedan acceder a profesionales especialistas que puedan otorgar estudios que puedan contraponer lo entregado por los inversionistas.
- Iniciativa Nº 10739
- Artículo Nº 207
- 21/06/2321 Jun 20232023-06-21
Participación informada y analizada para procesos de evaluación de impacto ambiental
Que la evaluación de iniciativas vaya con la versión de la empresa interesada y con información clara sobre el impacto negativo al medio ambiente
- Iniciativa Nº 4971
- Artículo Nº 207
- 16/06/2316 Jun 20232023-06-16
La naturaleza, el estado y la evaluacion ambiental.
La naturaleza como ente vivo axiomatico, el estado y la evaluacion ambiental cientifica y participativa.
- Iniciativa Nº 10359
- Artículo Nº 207
- 21/06/2321 Jun 20232023-06-21
Las reparticiones ambientales del Estado deben colaborar entre ellas
No más información que no se comparta entre instituciones del Estado. Deben colaborar!
- Iniciativa Nº 1067
- Artículo Nº 207
- 08/06/238 Jun 20232023-06-08
Título ad hoc al Cargo
En las entidades que estarán a cargo del medio ambiente deben estar personas con los conocimientos técnicos profesionales necesarios para el cargo
- Iniciativa Nº 5855
- Artículo Nº 207
- 17/06/2317 Jun 20232023-06-17
PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, SOSTENIBILIDAD Y DESARROLLO
El Estado debe garantizar la fiscalización y supervisión rigurosa y efectiva de todas las actividades y proyectos que puedan generar impactos negativa