- Capítulo II
Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Contiene el catálogo de todos los derechos, como derecho a la vida, igualdad y no discriminación, libertad de expresión, derecho a la educación, derecho a la protección de la salud, derecho a la vivienda adecuada, derecho de propiedad, entre otros. También regula las acciones judiciales destinadas a su protección, así como los estados de excepción constitucional, las normas sobre nacionalidad y ciudadanía y los deberes constitucionales de las personas.
- Artículo 16.18
Artículo 16.18
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho de presentar peticiones a la autoridad sobre cualquier asunto de interés público o privado, sin otra limitación que la de proceder en términos respetuosos y convenientes, y el derecho a recibir una respuesta por parte de la autoridad, dentro de un plazo razonable.
- Iniciativa Nº 8347
- Artículo Nº 16.18
- 20/06/2320 Jun 20232023-06-20
Respuesta a peticiones a instituciones del Estado deben estar fundadas y argumentadas
Que las instituciones respondan objetivamente cuando cada ciudadano presente una petición bien trabajada y argumentada.
- Iniciativa Nº 11431
- Artículo Nº 16.18
- 22/06/2322 Jun 20232023-06-22
Protección al denunciante
El estado dará la más amplia protección al denunciante, aun cuando éste haya suscrito convenio de confidencialidad que le impida hacer la denuncia.