• Capítulo V

Gobierno y Administración del Estado

Contiene la forma de elección y normas generales aplicables al Presidente de la República, así como sus atribuciones. También se refiere a los Ministros de Estado, a la Administración del Estado, a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

  • Artículo 118

Propuesta de organización de Fuerzas de Seguridad y Orden

propuesta que propone dividir competencias entre distintos cuerpos de policía para seguridad publica

Incluir a Bomberos de Chile en las instituciones de Seguridad Publica

agregar a Bomberos de Chile, como una institución de seguridad publica al igual que Carabineros y Policía de Investigaciones.

SOMETE A LOS POLICIAS A LA OBLIGACION DE DECLARAR INTERESES Y PATRIMONIO, Y A REALIZARSE TEST DE DROGAS ILÍCITAS PERIÓDICOS.

La probidad de las policías debe ser mantenida a ultranza, por el bien de toda la población, y de la verdadera eficacia del derecho.

Mismos derechos y obligaciones para el personal de las Fuerzas Armadas y de Orden que el resto de los funcionarios públicos

Fuerzas Armadas y Orden no existen mismas exigencias clasificación, calificación bajas que pares públicos, y dentro de institución para los ascensos