• Capítulo XIII

Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo

Se refiere al deber de protección del medio ambiente, la sostenibilidad y desarrollo, así como el cuidado de la naturaleza y su biodiversidad, considerando a las actuales y futuras generaciones. Se aborda la promoción de las fuentes de energía renovable, la implementación de medidas de mitigación y adaptación ante los efectos del cambio climático, entre otras materias.

  • Artículo 202

Es deber primordial exclusivo del Estado la pervivencia del entorno natural original de los barrios de interés patrimonial y barrios patrimoniales

Buena planificación, erigiendo barrios atractivos, con calidad de vida, cómodos y vibrantes de arquitectura y entorno como legado de barrios vivos.

Los animales como seres sintientes son parte de la naturaleza

La proteccion del medio ambiente y por ende de ls naturaleza y biodiversidad incluye a sus componentes, los animales en su escencia sintiente

Protección al medio ambiente y el rol de las empresas

Responsabilidad empresarial en un derecho fundamental.

Protección de la biodiversidad, flora fauna y medioambiente.

Una salud.

Conservación, restauración y preservación del medio ambiente con bases científicas.

Conservacion, restauracion y preservacion del medio ambiente con bases científicas.

Coherencia ambiental en la acción del Estado

Licitaciones con obligaciones medioambientales: Gobierno y sociedad civil, una alianza vital para preservar el mejor ambiente para los chilenos

Deber de cuidado medioambiental

Especifica el deber de cuidar del medioambiente, algo en que todo ciudadano y institución debe ser participe del cuidado y preservacion

Derechos de la naturaaleza

Protección del medio ambiente y la naturaleza como sujeto de derechos.

Las personas

Identificar explícitamente ¨Las personas¨ NATURALES O JURIDICAS .

Responsabilidad de daño ambiental

Responsabilidad de daño ambiental

Reconocimiento de los animales no humanos como seres sintientes

Reconocer protección constitucional de los animales no humanos.