• Capítulo XIV

Procedimientos de cambio constitucional

Regula el procedimiento que debe seguir el Congreso Nacional para reformar o introducir modificaciones al texto constitucional. También considera un procedimiento para el reemplazo o reforma total de la Constitución.

  • Artículo 209

La constitución sólo será modificada por la ciudadanía - Traspasa la responsabilidad de aprobación de las reformas constitucionales al pueblo.

Se traspasa la responsabilidad de aprobación de las reformas consitucionales a la ciudadanía.