- Capítulo II
Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Contiene el catálogo de todos los derechos, como derecho a la vida, igualdad y no discriminación, libertad de expresión, derecho a la educación, derecho a la protección de la salud, derecho a la vivienda adecuada, derecho de propiedad, entre otros. También regula las acciones judiciales destinadas a su protección, así como los estados de excepción constitucional, las normas sobre nacionalidad y ciudadanía y los deberes constitucionales de las personas.
- Artículo 24
Artículo 24
El Estado deberá adoptar medidas adecuadas para realizar los derechos a la salud, a la vivienda, al agua y al saneamiento, a la seguridad social y a la educación, atendiendo a:
a) El desarrollo progresivo para lograr la plena efectividad de estos derechos.
b) El aseguramiento de un nivel adecuado de protección para cada derecho.
c) La no discriminación o diferenciación arbitraria.
d) La remoción de obstáculos para asegurar condiciones efectivas de igualdad.
e) El empleo del máximo de recursos disponibles, con responsabilidad fiscal.
f) La satisfacción a través de instituciones estatales y privadas, según corresponda.
- Iniciativa Nº 4479
- Artículo Nº 24
- 15 de junio15 Jun2023-06-15
Cambio de la obligación del Estado de "realizar acciones" a la de "garantizar objetivos" en temas de seguridad social.
El "realizar" obliga al Estado a ejecutar acciones, pero no lo compromete respecto de sus resultados puesto que las acciones igualmente se ejecutaron.
- Iniciativa Nº 10223
- Artículo Nº 24
- 21 de junio21 Jun2023-06-21
Obligación y participación estatal en la protección de derechos
El Estado no puede entregar solo a privados temas como seguridad social
- Iniciativa Nº 7247
- Artículo Nº 24
- 20 de junio20 Jun2023-06-20
Modificación Artículo 24
Detalle sobre enfoque de justicia y equidad en el ejercicio de derechos y en la aplicación de políticas públicas.
- Iniciativa Nº 11215
- Artículo Nº 24
- 22 de junio22 Jun2023-06-22
Dinamismo en la implementación de las medidas para garantizar los derechos
El Estado debe actuar progresivamente y no puede estar implementando todo a la vez, pero puede estar presente en todo mediante la acción pasiva
- Iniciativa Nº 9607
- Artículo Nº 24
- 21 de junio21 Jun2023-06-21
Garantizar los derechos
Modificar la palabra "realizar" por la palabra "garantizar"
- Iniciativa Nº 10887
- Artículo Nº 24
- 21 de junio21 Jun2023-06-21
FIN AL LUCRO EN SALUD, EDUCACIÓN, PENSIONES. NO MAS ABUSOS DE LAS AFPs, ISAPRES Y DEL MERCADO EN LA EDUCACIÓN
Cada peso que va a parar como ganancia a los bolsillos de quienes lucran con los derechos, es un peso menos para pensiones, salud y educación digna