• Capítulo V

Gobierno y Administración del Estado

Contiene la forma de elección y normas generales aplicables al Presidente de la República, así como sus atribuciones. También se refiere a los Ministros de Estado, a la Administración del Estado, a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

  • Artículo 109

Remuneración justa y no abusiva del Presidente y todo el aparato público

10 sueldos mínimos como máximo es suficiente para el pago de remuneraciones públicas

DEFINICIÓN DE REMUNERACIÓN FIJO Y VARIABLE DE CARGOS PÚBLICOS EN BASE A CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS

Las remuneraciones de todos los cargos públicos de autoridades deben tener un componente fijo y variable sujeto a cumplimiento de objetivos.

Limites, regulación y supervivión de remuneraciones de figuras y funcionarios públicos.

Con el fin de evitar abusos se deberá medir, regular, transparentar y aprobar dichas sumas asignadas como remuneraciones.

LÍMITE MÁXIMO A LAS REMUNERACIONES DE POLÍTICOS Y BURÓCRATAS, NO PODRÁN GANAR MÁS DE 30 VECES EL INGRESO MÍNIMO

La iniciativa pretende limitar el poder de los políticos y burócratas para fijarse sus propias remuneraciones estableciendo como tope ingreso mínimo

Remuneración a parlamentarios y autoridades determinada por independientes

Propone modificar el art.109 para que la comisión que determina la remuneración de parlamentarios solo tenga miembros ajenos a los partidos políticos

La comision que determina el sueldo del presidente y de otros cargos publicos señalados estará conformada por ciudadanos y será elegida

La comision que determina el sueldo del presidente debe estar compuesta por ciudadanos elegidos al azar de una base demografica ya definida