- Capítulo VI
Gobierno y Administración Regional y Local
Se consagra que el Estado de Chile es unitario y descentralizado, así como los principios y objetivos de la organización territorial. Luego se aborda el Gobierno Regional, el Gobierno Local que reside en las municipalidades y los territorios especiales correspondientes a Rapa Nui y el Archipiélago Juan Fernández.
- Artículo 146
Artículo 146
1. Las autoridades del gobierno nacional, regional y comunal son responsables de velar por el buen uso de los recursos públicos, respetando los principios de suficiencia, coordinación, equilibrio presupuestario, solidaridad y equidad territorial, sostenibilidad y eficiencia económica. La ley regulará los mecanismos para hacer efectiva la responsabilidad fiscal.
2. Asimismo, dicha ley contemplará indicadores y metas de eficiencia de carácter público, asociados a resultados e impactos de la ejecución presupuestaria anual en el mejoramiento de la calidad de vida de quienes habiten en las regiones y las comunas.
- Iniciativa Nº 10847
- Artículo Nº 146
- 21/06/2321 Jun 20232023-06-21
Principio de la legalidad del gasto
Incorporar la legalidad del gasto dentro de los principios rectores del buen uso de los recursos públicos
- Iniciativa Nº 7691
- Artículo Nº 146
- 20/06/2320 Jun 20232023-06-20
Modifica el artículo 146 para generar modos de fiscalización a los actos administrativos bajo los criterios de mejoramiento en la calidad de vida
Manda a regular por ley mecanismo de fiscalización y el respectivo órgano competente para hacer valor los criterios del inciso segundo del art. 146