• Capítulo II

Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales

Contiene el catálogo de todos los derechos, como derecho a la vida, igualdad y no discriminación, libertad de expresión, derecho a la educación, derecho a la protección de la salud, derecho a la vivienda adecuada, derecho de propiedad, entre otros. También regula las acciones judiciales destinadas a su protección, así como los estados de excepción constitucional, las normas sobre nacionalidad y ciudadanía y los deberes constitucionales de las personas.

  • Artículo 16.04

Rigidez ante los extranjeros con antecedentes

es imperativo mantener la seguridad de los ciudadanos regulando el ingreso de extranjeros con antecedentes de delitos graves.

Incorporación de tecnologías de reconocimiento facial y vídeos

La flagrancia necesita la ayuda de la tecnología en lucha a delincuencia

Derecho a la seguridad y la defensa

Todo habitante del territorio nacional tiene el derecho a defender su familia, su libertad y su seguridad, así como la de terceros.

"Sanción ejemplar a menores de edad"

Duras penas para menores de edad que cometan delitos, pues son un gran peligro para la sociedad

Control Migratorio enfocado en la seguridad de los Chilenos.

El Estado debe regular el ingreso, estadía y residencia de extranjeros, enfocado en que estos no signifiquen un riesgo para los Chilenos y el País.

Se prohíbe la entrada de inmigrantes ilegales

El Estado debe garantizar la debida protección fronteriza y acoger solo a los migrantes que cumplan con la ley.

Articulo 17 El derecho a la educación

Fortalecimiento al Cuidado y protección

Cumplimiento de la ley de extranjería

Expresar formalmente que quienes no cumplen leyes migratorias en el país, deben ser expulsados.

Las leyes de migración deberán contener el principio de velar por el interés superior de la nación.

La migración puede ser un gran aporte a los paises, pero debe ser regulada y considerando este principio.

Personas se hagan cargo de sus denuncias y se castigue las denuncias falsas

Personas se hagan cargo de sus denuncias, se castigue denuncias falsas con el objetivo de no provocar daño a victimas inocentes. Respaldar

no penalizar con cárcel delitos de menores de 18 años

Los menores de 18a no pueden ir a la cárcel, y deben tener el derecho y deber irrenunciable de acceder a programas de recuperación e inserción

El peligro de fuga debe considerarse como criterio para la libertad provisional

Hoy en Chile hay 30.000 prófugos de la justicia. Es un problema mayor que con esta redacción permanecerá igual.

Reclusión domiciliaria para reos mayores de 75 años

Derecho a impetrar este beneficio apelando a principios del derecho humanitario

Por una Migración Segura

El art. 16.04 está incompleto, por lo cual debemos integrar restricciones y sanciones para el mal migrante que desea ingresar y residir en Chile

Precisión de orden de arresto o detención

Se precisa en la letra d) "juez de la republica"

Toda persona privada de libertad podrá acceder a mecanismos de rehabilitación y reinserción social.

Tanto la libertad como la privación de esta se encuentran incompletas al no integrar por parte del Estado, mecanismo de rehabilitación y reinserción.