- Capítulo II
Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales
Contiene el catálogo de todos los derechos, como derecho a la vida, igualdad y no discriminación, libertad de expresión, derecho a la educación, derecho a la protección de la salud, derecho a la vivienda adecuada, derecho de propiedad, entre otros. También regula las acciones judiciales destinadas a su protección, así como los estados de excepción constitucional, las normas sobre nacionalidad y ciudadanía y los deberes constitucionales de las personas.
- Artículo 16.23
Artículo 16.23
La Constitución asegura a todas las personas:
La libertad de enseñanza
a) Las personas tienen el derecho de abrir, organizar, mantener y desarrollar establecimientos educacionales, sin otra limitación que las impuestas por el orden público y la seguridad del país.
b) La enseñanza estatal y la reconocida oficialmente no podrán orientarse a propagar tendencia político partidista alguna.
c) Se reconoce el derecho y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos o pupilos, atendiendo a su interés superior.
d) El Estado respetará la autonomía de las instituciones de educación superior, de conformidad a la ley.
- Iniciativa Nº 10251
- Artículo Nº 16.23
- 21 de junio21 Jun2023-06-21
Educación pública y privada: derecho a la provisión mixta y autonomía
Se sugieren modificaciones con el solo objeto de mejorar la técnica jurídica empleada, o precisar determinados alcances de las disposiciones.
- Iniciativa Nº 7619
- Artículo Nº 16.23
- 20 de junio20 Jun2023-06-20
LA FORMACION DE PROFESIONALES EN EL OFICIO DEBE SER INCLUIDA EN LA ENSEÑANZA MEDIA
El derecho a la educación es para todos y todas, de manera que debe atender en particular las necesidades actuales que no cumple para quienes tienen m
- Iniciativa Nº 5679
- Artículo Nº 16.23
- 17 de junio17 Jun2023-06-17
Educación técnico-profesional
esta educación no tiene la valoración importante en el desarrollo de la sociedad
- Iniciativa Nº 2691
- Artículo Nº 16.23
- 12 de junio12 Jun2023-06-12
La educación estatal o pública no impartirá enseñanza religiosa.
La educación estatal o pública no impartirá enseñanza religiosa.
- Iniciativa Nº 7511
- Artículo Nº 16.23
- 20 de junio20 Jun2023-06-20
Libertad para abrir, organizar, mantener y desarrollar establecimiento educacionales según la ley vigente.
Se evita que la Constitución consagre sólo la libertad de abrir y conducir establecimientos educacionales, sin apego a la ley vigente.
- Iniciativa Nº 9819
- Artículo Nº 16.23
- 21 de junio21 Jun2023-06-21
El Estado no debe promover Enseñanza Sexual a menores.
Los padres o apoderados tienen la capacidad de saber cómo y cuándo enseñar la educación sexual a sus hijos o pupilos, el Estado no debe intervenir.
- Iniciativa Nº 8491
- Artículo Nº 16.23
- 20 de junio20 Jun2023-06-20
El Derecho y la Libertad de Educación van juntas en la nueva constitución
Debe escribirse una constitución que hable de libertad de enseñanza, preocupándose que se creen las condiciones materiales que la posibiliten
- Iniciativa Nº 5651
- Artículo Nº 16.23
- 19 de junio19 Jun2023-06-19
Descentralización Educativa
otorgar mayor autonomía a los centros educativos
- Iniciativa Nº 5267
- Artículo Nº 16.23
- 16 de junio16 Jun2023-06-16
Familias deciden Educación Sexual de sus hijos
Las familias tienen el derecho de concentir de forma libre e informada la participición de sus hijos en los programas de educación sexual.
- Iniciativa Nº 5327
- Artículo Nº 16.23
- 20 de junio20 Jun2023-06-20
Derecho preferente de los padres a educar a sus hijos
Los padres son los únicos con derecho y obligación de educar a sus hijos. El Estado no puede arrogarse ese derecho