• Capítulo II

Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales

Contiene el catálogo de todos los derechos, como derecho a la vida, igualdad y no discriminación, libertad de expresión, derecho a la educación, derecho a la protección de la salud, derecho a la vivienda adecuada, derecho de propiedad, entre otros. También regula las acciones judiciales destinadas a su protección, así como los estados de excepción constitucional, las normas sobre nacionalidad y ciudadanía y los deberes constitucionales de las personas.

  • Artículo 16.25

El trabajo decente, libre de discriminación

complemento

MODIFICACIÓN ARTÍCULO 16, N°25, letra c)

Establece compatibilidad laboral con terminar la enseñanza media a partir de la edad de 15 años.

El derecho al trabajo decente en materia laboral y previsional

Derechos del trabajador en materia de remuneración, como de prevención de riesgos

abolicionista de la pornografia y prostitución

estable formas de protección de las mujeres y niñas que previenen la explotacion sexual y/o reproductiva.

Equidad de género

Garantizar un sueldo igualitario

Sanciones por el no cumplimiento de normativas de Seguridad y Salud en el Trabajo

Establecer la responsabilidad penal de el que, estando legalmente a cargo de sus trabajadores, infrinja las normas de seguridad y salud en trabajo.

Reducir los años de servicio para acogerse a jubilación

Reducción de los años de Servicio de los funcionarios Tens en el área de Salud

Incorporar la explotación sexual como límite al derecho al trabajo

Iniciativa que incorpora la explotación sexual dentro de las excepciones o limitaciones al derecho al trabajo

Obligación del Estado de velar por Derecho al Trabajo

Obligacion del Estado por velar que se cumplan el derecho al trabajo y sus condiciones.

Igualdad jurídica laboral

No habrá diferencia jurídica entre empleos públicos y privados

No a la vulneración de dar un trabajo honroso a personas privadas de libertad que ya hayan cumplido su pena.

las personas privadas de libertad al cumplir su pena buscan un trabajo honroso, sin embargo sus antecedentes vulneran sus derechos de ser contratados.

Reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidados

reconocimiento a los trabajos domésticos y de cuidados

Una Constitución Política para las y los trabajadores de Chile

Indicaciones al Capítulo II sobre Derechos y Libertades Fundamentales articulo 16 numero 25