• Capítulo II

Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales

Contiene el catálogo de todos los derechos, como derecho a la vida, igualdad y no discriminación, libertad de expresión, derecho a la educación, derecho a la protección de la salud, derecho a la vivienda adecuada, derecho de propiedad, entre otros. También regula las acciones judiciales destinadas a su protección, así como los estados de excepción constitucional, las normas sobre nacionalidad y ciudadanía y los deberes constitucionales de las personas.

  • Artículo 16.27

CON MI PLATA NO - PROTEJAMOS NUESTROS AHORROS PREVISIONALES

ESTA INICIATIVA BUSCA GARANTIZAR LA PROPIEDAD, HEREDABILIDAD Y EL DERECHO A ELEGIR QUE TENEMOS LOS TRABAJADORES SOBRE NUESTROS AHORROS PREVISIONALES

Seguridad Social Publica

seguridad social público, que otorgue protección en caso de enfermedad, vejez, discapacidad, supervivencia, maternidad y paternidad, desempleo.

AGREGA CONTENIDO AL ARTÍCULO 16, N°27

Compatibiliza la existencia de dos formas para enfrentar la realidad de pensiones, con la finalidad de extinguir el actual drama existente.

La seguridad Social, el Ente principal es la Constitución y el estado, dónde como actor secundario puede participar los privados.

Las cotizaciones obligatorias a un privado, el estado es quien debe asegurar y respaldar éstas , siendo el bienestar de la vejez de las personas.

La Muchedumbre exige el derecho a retirar el cien por ciento de sus fondos previsionales para personas afectadas por enfermedades terminales.

Esta iniciativa busca autorizar el retiro del 100% de los ahorros previsionales para personas con enfermedades terminales.

Derecho de propiedad de los fondos de pensiones

Las personas deben tener el derecho de propiedad sobre los fondos de pensiones y que éstos sean además heredables y no confiscables por el Estado

Resguardo vejez, aumento de pensiones, mediante cotización vía consumo.

Parte de los impuestos en las compras y gastos de las personas, serán destinados a la jubilación de estas mismas.

Garantizando la Seguridad Laboral para Personas con Cáncer y Discapacidad: Un Enfoque Integral

La protección económica y la seguridad médica son derechos fundamentales que deben ser asegurados para todas las personas discapacitadas y con cancer.

Es mi plata y punto, La Muchedumbre seguira luchando por nuestros fondos previsionales.

Proponemos la libre administración del 10% anual de nuestros fondos previsionales.

seguridad social: estatal y nacional

seguridad social: estatal y nacional

Pensiones de vejez, invalidez, sobrevivencia, accidentes, enfermedades profesionales, embarazo, maternidad, paternidad, orfandad, desempleo y salud

Régimen de pensiones y salud de carácter universal y solidario

Toda persona tiene derecho a la seguridad social,

Toda persona tiene derecho a la seguridad social. El Estado define la política de seguridad social. La ley establecerá un sistema de seguridad social

Garantizar constitucionalmente pensiones básicas y destino previsional exclusivo de las cotizaciones

Pensiones básicas incluidas en la Constitución y destino previsional exclusivo de las cotizaciones,

Elección soberana previsión estatal o privada

No esta claro si es el estado o la persona quien decide a que estamento pertenecer.

Seguridad social privada sin fines de lucro

Seguridad social privada sin fines de lucro